El asentamiento de la "Respublica Nacional Romana"
La terminación del
estado quiritario, no significó la anulación completa e inmediata de la
preponderancia política patricia en el seno de la “Respublica Romanorum”, más
bien, comportó un fatigoso proceso de asentamiento que se realizó en dos
tiempos:
CARACTERIZADO POR LA REDUCCIÓN DE LOS PRIVILEGIOS PATRICIOS
a través de las “Leges Publiliae Philonis” del año 339 a.C.
a través de las “Leges Publiliae Philonis” del año 339 a.C.
- los miembros del patriciado conservaban en el seno de los “Comitia
Centuriata” la inscripción a título exclusivo e independientemente de
valoración económica en las centurias (“centuriae”) de los “equites” que tenían
prioridad en las votaciones.
-
Los patricios en cambio de ceder el consulado, habían obtenido la
exclusividad en el cargo de “Praetor minor”, que tenía atribuciones
jurisdiccionales en las litis entre ciudadanos.
-
También la exclusividad en los cargos de “censores” y de “Aediles Curules”.
-
Conservaron los colegios sacerdotales más importantes como eran el
pontificado y el augurado.
Dada esta situación, es
evidente que la plebe consideró la nueva estructura de la “respublica"
El plebeyo Publilio
Filone:
Quien logró obtener en el año 339 a.C. el consulado y después la
dictadura; propone a los “Comitia Centuriata” la aprobación de tres leyes que
favorecían fuertemente los intereses de los plebeyos: las “Leges Publiliae Philonis”:
"ut plebiscita omnes Quirites tenerent"
1... “De censore
plebeio”: estableció que al menos un censor, debía ser
plebeyo.
2...“De Patrum
Auctoritate”: Dispone que la “Auctoritas Patrum” no se debía
prestar más para la aprobación de las leyes
centuriadas.
Pues, constituía
una antigua costumbre, que toda ley estaba subordinada a la "auctoritas" del
organo senatorial.
3...“De
Plebiscitis”: Implicitamente reconociendo la constitucionalidad de los
“Concilia
Plebis Tributa” equiparando los “Plebiscita” con
las “Leges”.
CARACTERIZADO POR LA ELIMINACIÓN TOTAL DE LOS ÚLTIMOS PRIVILEGIOS DEL
PATRICIADO
Los plebeyos terminaron en tres
providencias de gobierno:
“Lex Ovinia” “Lex Ogulnia” “Lex Hortensia de
plebiscitis
El control Romano
se extendió ininterrumpidamente hasta Nápoles y Luceria en Italia Meridional. Por esto se dieron
algunas concesiones de “Civitas Sine Suffragio” a algunos núcleos dignos de
confianza y se adoptó el sistema de “Coloniae” estableciendo pequeños pueblos
cabeza de “Civitas Romanorum”.
El apogeo de la "Respublica Nacional Romana"
En los cincuenta
(50) años sucesivos a la victoria del año 283 a.C. contra los Samnitas, se
inició la realización de una nueva fase de la historia de Roma: “la fase
imperialista del estado romano”, que lo llevó al decisivo conflicto y a la
fatigosa victoria contra su potente rival, Cartago y, a la afirmación de la
hegemonía romana también en el mediterráneo oriental.
Roma sintió la
hostilidad de otra potencia naval: Cartago.
Se preparaba de este modo una larga lucha, que la historia conoce con el
nombre de guerras púnicas.
No pasaron muchos
años para que explotara inevitablemente el conflicto entre los romanos y los cartagineses
por el dominio de Sicilia.
Primera Guerra Púnica: En el año 264 a.C. los cartagineses se apoderaron de
Mesina, cuyos habitantes pidieron ayuda a Roma y la guerra fue declarada. En el año 241
a.C., los romanos al comando de Lutazio Catulo, consiguieron la victoria en la
isla Egata y Cartago perdió Sicilia y aceptó la condición de hacer la paz.
Roma quedó
maltrecha por estos veintitrés (23) años de la primera guerra púnica. Así es que comienza a levantarse:
-
Explota a Sicilia sometiéndola a tributo.
-
Cobra una fuerte indemnización a los cartagineses de 2200 talentos.
-
Ejecutó reformas internas
- Concede la ciudadanía a aliados itálicos fieles a
cambio de cargas militares.
- Aumenta el número de tribus territoriales a 35.
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